miércoles, 1 de diciembre de 2010

LEY FEDERAL DE RADIO Y TV

Articulo 67.
Nos habla de la propaganda comercial que se transmite por radio y television se debe ajsutar a diferentes bases .debera mantener un equilibrio entre el anuncio comercial y el conjunto de programacion, no transmitira propaganda o anuncios de productos industriales ,comercialeso de actividades que engañen al publico.
 Articulo68.
las difusoras comerciales al realizar la publicidad de bebidas cuya graduacion alcoholica exceda 20 grados deberan abstenerse de toda exageracion y combinarla o alternarla con propagandade educacion higienicay del mejoramiento de la nutricion popular.

Articulo.69
Las dufusoras comercialesexigiran que toda propaganda de instalaciones y aparatos terapeuticos tratamientos y articulos de higiene y embellecimiento prevencion o curacion de enfermedades este autorizada por la secretaria de salubridad y asistencia.

Artículo 72
Para los efectos de la fracción II del artículo 5o. de la presente ley, independientemente de las demás disposiciones relativas, la transmisión de programas y publicidad impropios para la niñez y la juventud, en su caso, deberán anunciarse como tales al público en el momento de iniciar la transmisión respectiva.

PROFECO PONE NUEVAS REGLAS DE PUBLICIDAD

Se envió a la Cofemer los lineamientos sobre publicidad comparativa, en los cuales se ponen condiciones a los proveedores que se anuncien a través de la exhibición de sus productos frente a los de la competencia.   
En el anteproyecto, la Profeco expuso que a pesar de que cuenta con facultades para vigilar, verificar y sancionar la información o publicidad comparativa, su reglamento no contiene criterios específicos que definan cómo debe realizarse la práctica de comparación de precios.

PUBLICIDAD PROFECO ACUERDO SOBRE EL LINEAMIENTO DE INFORMACION O PUBLICIDAD COMPARATIVA EN MATERIA DE PRECIOS DE BIENES PRODUCTOS O SERVICIOS

La publicidad de esta herramienta legal sin precedentes pues beneficia alos consumidores al obligar a los proveedores a respetar criterios para la comparacion de precios no sea engañosa o abusiva para el consumidor. Estos lineamientos son producto de una demanda de claridad de informacion que atiende uno de los principios de las relaciones de consumo, informacion contundente,adecuada y veraz presentada en forma tal que no induza a error o confusion al consumidor.

PUBLICIDAD ENCUBIERTA

Aquella forma de publicidad que suponga la presentación verbal,
visual o sonora, dentro de los programas, de los bienes, los servicios, el nombre, la marca,la actividad o los elementos comerciales propios de un empresario que ofrezca bienes y servicios y que tenga, por intención del operador de televisión, propósito publicitario pueda inducir al público a error en cuanto a su naturaleza.